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Barricada. La señal: NO PASE, y el motorizado muerto.

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Los motorizados (en general) son esa gente que siempre se come el semáforo, que se mete entre dos carros sin importarle si puede pasar o rayarte el carro y llevarte el retrovisor, se te atraviesan cuando les da la gana, y violan de todas las formas posibles la ley de tránsito. Son (con sus excepciones) los reyes de la anarquía y el abuso.

Ahora, habiendo dicho lo anterior, una barricada tiene un mensaje claro: NO PASE. Y en muchos lugares las están utilizando para protegerse, justamente, de la inseguridad y de la Guardia Nacional y uno se pregunta, quizá inocentemente, ¿qué parte del NO PASE es la que no queda clara cuando se coloca una barricada?

Usted puede compartir o no la idea de las guarimbas, esa es harina de otro costal, pero imagínese que hay reparaciones en una vía y usted ve el letrero que dice “Reparaciones en la Vía” y aun así usted se mete y se mata, ¿de quién es la responsabilidad y la culpa? ¿Del Estado o suya?

Código Civil.
Artículo 1.189: Cuando el hecho de la víctima ha contribuido a causar el daño, la obligación de repararlo se disminuirá en la medida en que la víctima ha contribuido a aquél.

¿Qué es ilegal trancar una vía? Sí, lo es, pero dadas las circunstancias que hemos vivido la última semana es menester recordar que existen derechos superiores que son justamente los que se están intentando proteger al hacer estos ghettos para repudiar el despotismo y la tiranía de un gobierno que promueve y alienta esas bandas armadas y paramilitares.

Si no pueden NI QUIEREN apresar a sus asesinos en la calle, ¿van a apresar a alguien por trancar ilegalmente una vía? Hay que joderse.

Con respecto al cacareado derecho al libre tránsito por el cual algunos chavistas andan llorando como magdalenas (habrase visto mayor cinismo luego que tienen 15 años violando no sólo el libre tránsito, sino el libre comercio, la libre protesta, las elecciones libres y transparentes, etc), el asunto va así:

“Se puede definir el Estado de Necesidad como una situación de peligro grave, actual e inminente y no provocada contra un bien o interés jurídicamente protegido propio o ajeno, siendo que es vulnerable a dicha situación de peligro, en cuya situación no le queda otra opción al agente que el sacrificio de intereses o bienes jurídicos pertenecientes a otra persona, con objeto de salvaguardar los propios o los de un tercero, que el Derecho reconoce como justificante y por tanto exime de responsabilidad penal.”

Que se entienda, el derecho al libre tránsito NO está por encima de los Derechos Fundamentales a la vida y a la propiedad. Y con una Guardia Nacional y unas bandas paramilitares matando y destruyendo la propiedad privada a diestra y siniestra está plena y claramente encuadrada la tesis del estado de necesidad.

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